martes, 17 de mayo de 2011

EL CONTRABANDO

Contrabando es la entrada, la salida y venta clandestina de mercancías autoridades locales. También se puede entender como la compra o venta de mercancías evadiendo los aranceles, es decir evadiendo los impuestos. prohibidas o sometidas a derechos en los que se defrauda a la conducta humana denominada contrabando se inscribe en el marco del derecho penal económico. La economía de las naciones necesita tener control sobre sus importaciones y exportaciones, por cuanto hace a la vida de un país. De esa forma, se considera que comete contrabando aquel que ejerce acciones u omisiones, mediante una conducta ardidosa o engañosa, con el objeto de lograr que determinada mercadería eluda el control del servicio aduanero. los celulares, los perfumes y las carteras son objetos producidos por el contrabando. En derecho penal, el "bien jurídico tutelado" es aquello que la sociedad en su conjunto ha resuelto que defenderá, incluyendo cualquier conducta disvaliosa que lo vulnere en la categoría de delito. El bien jurídico tutelado en el contrabando es "el normal funcionamiento del control aduanero en funciones esenciales de la actividad aduanera".


En español su sinónimo es estraperlo. Estraperlo es todo comercio ilegal de bienes sometidos a algún tipo de impuesto o tasa por el Estado. Por extensión, es una actividad irregular o intriga de algún tipo, y se usa como sinónimo de mercado negro. Quien practica el estraperlo se llama estraperlista del mercado. El origen de este acrónimo está en un escándalo político ocurrido durante la Segunda República Española, producido como consecuencia de la introducción de un juego de ruleta eléctrica de marca "Stra-Perlo", nombre derivado de Strauss y Perlowitz, empresarios holandeses que promovieron el negocio.

En la actualidad, y al haberse liberalizado la mayor parte de los mercados, el contrabando suele darse en productos regulados por monopolios estatales y más concretamente en aquellos fuertemente gravados fiscalmente, lo que implica que haya una gran diferencia entre el precio económico real y el precio final de mercado del producto. 


Esta diferencia es la que origina el margen que convierte en atractivo el delito. Los casos más comunes son los hidrocarburos y el tabaco, así como el alcohol, aunque este en menor medida.

La desaparición de los monopolios estatales y la apertura de fronteras a la práctica totalidad de los productos ha reducido la incidencia y relevancia de esta figura jurídica.


ARANCEL DE ADUANA


El Arancel de Aduanas es, por encima de cualquier otra consideración, un acto administrativo, no solamente porque emana de una autoridad administrativa sino también, y sobre todo, porque es en sí un acto de ejecución de la ley, o sea, un acto de función administrativa (Carre de Malberg, 1948). Es un decreto, por cuanto la competencia para promulgarlo corresponde al Presidente de la República en Consejo de Ministros; en este sentido es el acto de la Administración de más alta jerarquía, por así establecerlo la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos en sus artículos 14 y 15. Al ser dictado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, debe ser refrendado por la totalidad de sus miembros, por exigencia del artículo 15, ejusdem.

Desde el punto de vista de la forma, este instrumento es un decreto reglamentario, por cuanto establece una regla general, en contraposición al individual, que se refiere a una persona designada individualmente (nombramiento de un ministro, por ejemplo); desde el ángulo de la competencia, es obligatorio, por cuanto el retardo en su promulgación compromete la responsabilidad del Estado, al imposibilitar la aplicación de la Ley Orgánica de Aduanas; calificándolo en virtud de su contenido, es un reglamento de policía, por cuanto impone restricciones a la libertad de los ciudadanos (prohibiciones, licencias, permisos), con miras a la satisfacción de necesidades de orden público; si lo analizamos desde el punto de vista de su vinculación con la ley, es subordinado, por cuanto ha sido dictado para asegurar la ejecución de la Ley y, por tanto, está directa y fuertemente atado a ella. 

El instrumento arancelario tiene carácter sublegal y, por lo tanto, no puede crear impuestos ni otras contribuciones de derecho público, sino dentro de los límites determinados por la ley, a decir del artículo 10 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, el cual viene a poner tinte de modernidad y a reiterar el sentido del vetusto artículo 45 de la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional.

Esos límites a que se refieren los citados artículos de las dos leyes orgánicas, son los establecidos por el legislador aduanero al fijar techo y piso para la tarifa arancelaria cuando el impuesto sea ad valorem y hacer lo propio con las unidades monetarias que se pueden cobrar por unidades del sistema métrico decimal, cuando el impuesto sea específico o mixto; es obvio que la Ley Orgánica de Aduanas no requería autorización de leyes de igual jerarquía para proceder a dicha fijación, lo cual si era imprescindible para la derogada Ley de Aduanas, que sujeta jerárquicamente a la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional, no hubiera podido fijar dichos límites y dejar su desarrollo al Arancel de Aduanas, sin la previa existencia del párrafo transcrito.
 


 

martes, 10 de mayo de 2011

Que es Aduana??

Una aduana es una oficina pública de constitución fiscal establecida generalmente en costas y fronteras. Su objetivo es registrar el tráfico internacional de mercancías que se importan y exportan desde un país concreto y cobrar los impuestos que establezcan las aduanas.
Asimismo, en determinados países la Aduana no solo se limita al control de las mercancías, sino que en ella también se regula el tráfico de personas o bien al control de capitales. 


Funcionamiento

Toda importación o exportación de mercancías está sometida a un control aduanero en el que puede ser exigido el pago de un derecho aduanero.
El derecho de aduana recibe el nombre de arancel aduanero. A nivel mundial la inmensa mayoría de los países utilizan el Sistema Armonizado para la Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas para clasificar las mercancías y determinar los derechos aplicables a cada una de ellas. Estos derechos son de uso exclusivo de los gobiernos, y suponen una provechosa fuente de ingresos para la hacienda pública.
Otra justificación del derecho de aduana está en la protección de la producción nacional mediante el encarecimiento a través de estos impuestos de las mercancías extranjeras. Con ello se favorece al producto nacional ponga freno al extranjero, dado que parte en condiciones más ventajosas a la hora de ofrecer un precio más competitivo en el mercadoproteccionismo. interno. Esta protección, llevada al extremo, es conocida como
Actualmente en la aduana no sólo se devenga y exige el pago de los aranceles, sino también impuestos indirectos sobre el consumo (valor añadido) o sobre consumos específicos (accisas).
Los derechos de aduana se ejercen sobre los productos extranjeros que entran al país, sobre los que salen del país, o sobre los que proceden del exterior y pasan interinamente los puertos nacionales a modo de reexportación. 


 

Misiones de la Aduana:

Podemos englobar las misiones que desarrollan los organismos de control aduaneros en las siguientes:

  • Fiscal: Mediante la aplicación de determinados derechos de importanción/exportación (aranceles) a la introducción o salida de las mercancías.
  • Seguridad: Íntimamente ligada con la anterior evita el fraude aduanero y lucha contra el contrabando (ya sea de drogas, armas, patrimonio histórico, etc.)
  • Salud Pública: Controla la entrada de animales, alimentos, residuos tóxicos, etc. que podrían suponer un peligro para la salud pública.
  • Estadística: Elaboran estadísticas de comercio exterior.

    LA REEXPORTACION

    Definición de la Reexportacion:


    Las reexportaciones son mercancias extranjeras exportadas en el mismo estado segun lo importado previamente, del area de la circulacion libre, las premisas para la transformacion activa o las zonas francas industriales, directamente al resto del mundo y de las premisas para los costumbres que almacenan o las zonas francas del anuncio, al resto del mundo.


    ¿Qué es el Régimen de Reexportación?

    La reexportación es la manifestación de voluntad del consignatario que aún no haya aceptado la consignación de la mercancía o haya designado otro consignatario.

    No obstante, la reexportación otorgada por la Gerencia de Regímenes Aduaneros es aquella que esta prevista en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Aduanas, la cual señala lo siguiente:
    Artículo 5°: Corresponde al Jefe de la Administración Aduanera:

    ...omissis...

    10) Conceder, cuando concurran circunstancias que lo justifiquen, la autorización para reexportar mercancías bajo promesa de anulación o reintegro del monto de los impuestos aduaneros causados y, si fuere procedente, de las penas pecuniarias si fuera el caso, siempre que dichas mercancías se encuentren aún bajo potestad aduanera, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 29"; (Subrayado Nuestro).
    En ese sentido, esta reexportación se otorga una vez vencido el lapso establecido en la Ley para el abandono legal de las mercancías. Por tal razón, el otorgamiento de la misma esta supeditado a las siguientes condiciones:

    1. Las mercancías a ser reexportadas deberán encontrarse bajo potestad aduanera, y

    2. Debe ser plenamente demostrada la existencia de circunstancias que justifiquen dicha reexportación.

    ¿Cuál es la Unidad responsable en realizar este trámite?
    Según el artículo 5 de la Ley Orgánica de Aduanas publicada en la Gaceta Oficial N° 38.875 del 21 de febrero de 2008, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Administración Aduanera y Tributaria.